Consiste en una autorización que otorga el Fisco para constituir Derechos de Aprovechamiento de Aguas en predios fiscales. En efecto, el Fisco como dueño del terreno donde se ubica el recurso agua que se desea explotar debe manifestar su opinión previo a proceder la Dirección General de Aguas, organismo técnico facultado para conceder el derecho de aprovechamiento de aguas superficial o subterráneo.
Personas Naturales:
a) Fotocopia por ambos lados de la cédula de identidad vigente.
Personas Jurídicas:
a) Fotocopia de la Cédula de Identidad del Representante Legal
b) Copia del RUT de la entidad solicitante
c) Escritura de constitución de la Sociedad y modificaciones
d) Certificado Vigencia de la Sociedad
e) Personería del Representante Legal
Persona Natural y Jurídica:
a) Resolución de la DGA que autorizó la exploración
Si desea realizar el trámite de forma presencial, debe entregar el “Formulario Solicitud de Propiedad Fiscal” descargable.
Personas naturales o jurídicas interesadas en constituir un derecho de aprovechamiento de agua en propiedad fiscal
El trámite es completamente gratuito. Sin embargo, el interesado debe asumir los costos asociados a la elaboración del plano respectivo, además de costos de fotocopias u otros documentos que deben gestionarse ante otras instituciones, los cuales son necesarios para la tramitación.
Normativa Asociada
1. D.L: 1939, de 1977.
2. Código de Agua (DFL. 1.122 de 1981, con sus modificaciones)
Usted podrá hacer una solicitud de manera remota adjuntando toda la documentación solicitada, incluido el respectivo formulario debidamente completado, en el siguiente link:
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