25 de Noviembre de 2022Nueva circular interna facilitará trámites en materia de regularización de la pequeña propiedad raíz

El pasado viernes 18 de noviembre se concretó un hito relevante para el programa de regularización de la pequeña propiedad de nuestro Ministerio.
Al final de dicha jornada, la subsecretaria Marilen Cabrera, acompañada de su gabinete y buena parte de las y los funcionarios de la División de Constitución de la Pequeña Propiedad Raíz (DCPR), concretó la firma de la Circular #3 en esta materia.
Un nuevo documento interno que orienta a funcionarios y funcionarias ante dictámenes de Contraloría, cambios legales y lineamientos de la actual administración.
Según este nuevo instrumento, se dinamizará la regularización de terrenos particulares que se encuentren sin títulos de dominio o con títulos imperfectos.
La subsecretaria Marilen Cabrera destacó que esta nueva circular “es muy importante porque destaca y describe con precisión el proceso de regularización, acotándolo y ajustándolo al decreto de ley 2695. Éste se hace además en lenguaje sencillo, ajustado y de más fácil comprensión para la ciudadanía que siempre está solicitando información a través de Transparencia a este respecto. (…) También se facilita el trabajo cotidiano de las y los funcionarios del Ministerio. Todo esto beneficiará a muchísimos ciudadanos y ciudadanas que acuden hasta nuestro Ministerio para regularizar su propiedad, que con la circular anterior no habría sido posible de hacer. ”.
Por su parte, para Magdalena Badilla, jefa de la División de Constitución de la Pequeña Propiedad Raíz, la circular #3, “interpreta los dictámenes de Contraloría de una manera más estricta y no tan amplia como se había hecho en la circular #1 de 2022, lo que permitirá tramitar de manera positiva casos que resultaban negativos con el anterior instrumento (…) Además esta circular #3 aclara que el término de “loteo irregular” se restringe solamente a aquellos casos en que existe un antecedente fehaciente que señale la existencia efectiva de éste, por lo que no asimila toda cesión de derechos a un loteo irregular”.